La Junta de Andalucía ha aprobado un Decreto Ley por el que se establece las bases reguladoras y se convocan las ayudas para que los autónomos compensen el sobrecoste energético de gas natural y/o electricidad que sufrieron por el aumento de precios en 2022. Se trata, explicaron desde el Consejo de Gobierno, de una medida urgente y extraordinaria dotada con 525 millones de euros procedentes del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
Las bases establecen que los trabajadores por cuenta propia afectados por la subida de precios como consecuencia de la guerra en Ucrania disfrutarán de ayudas que “serán abonadas antes de que finalice el presente año”. La cuantía, continuó el Consejo de Gobierno, oscilará entre los 300 euros y los 2 millones de euros “para los autónomos que se vieron especialmente afectados por las crisis de suministros desde el 1 de febrero al 31 de diciembre de 2022”.
Por su parte, la consejera de Empleo, Rocío Blanco, resaltó en el anunció de esta subvención que estas ayudas “están dirigidas principalmente a preservar la competitividad del sector empresarial andaluz, ante la crisis internacional de materias primas y suministros, y ante el riesgo de que se trunque la senda de crecimiento que viene experimentando la industria en Andalucía”.
Este es el enlace para solicitar la subvención: ayudasobrecosteenergetico.es
Tramitación sencilla: los autónomos podrán solicitarla sin aportar documentación
Una vez se verifique que el trabajador por cuenta propia solicitante de la ayuda fue “especialmente afectado” por la subida de costes energéticos, la Junta de Andalucía se encargará de la gestión integra de la ayuda.
El cálculo de la misma se basará en el consumo de gas natural y/o electricidad adquirido a proveedores externos y abonado por el solicitante, para lo cual éste deberá ser necesariamente titular de los contratos en el período objeto de la subvención.
La Junta de Andalucía ha establecido con las comercializadoras energéticas un acuerdo de colaboración por el que éstas suministran a la administración los ficheros de datos de facturación de sus clientes, cumpliendo las normativas pertinentes de protección de datos. Esto permite la automatización de la ayuda, por lo que los solicitantes no tienen que adjuntar ninguna documentación para el cálculo de la ayuda. Tampoco será necesario que los beneficiarios justifiquen posteriormente la subvención, puesto que la ayuda se concede para financiar costes ya soportados y, por tanto, se habrá comprobado de oficio que esos importes han sido ya afrontados.